Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León · Nuevo León

Artículo 107

TÍTULO PRIMERO DE LA INVESTIGACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS GRAVES

Artículo 107. Una vez subsanadas las deficiencias o aclaraciones o si no existieren, el Tribunal, resolverá el recurso de inconformidad en un plazo no mayor a treinta días hábiles.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de julio de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: tcanl.gob.mx.

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