Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 107

TÍTULO PRIMERO DE LA INVESTIGACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS · CAPÍTULO IV DE LA IMPUGNACIÓN DE LA CALIFICACIÓN DE FALTAS NO

Artículo 107. Una vez subsanadas las deficiencias o aclaraciones o si no existieren, el Tribunal resolverá el recurso de inconformidad en un plazo no mayor a treinta días hábiles.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de junio de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.

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