Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa · Sinaloa
Artículo 216
TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD · CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD
Artículo 216. Procederá el recurso de apelación contra las resoluciones siguientes:
La que determine imponer sanciones por la comisión de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares; y
La que determine que no existe responsabilidad administrativa por parte de los presuntos infractores, ya sean Servidores Públicos o particulares.
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de junio de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
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