ARTÍCULO 27. En el Sistema Estatal de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y de Constancias de Presentación de la Declaración Fiscal de la Plataforma Digital Estatal, se inscribirán los datos públicos de los servidores públicos obligados a presentar declaraciones de situación patrimonial y de intereses. De igual forma, se inscribirá la constancia que para efectos de esta Ley emita la autoridad fiscal, sobre la presentación de la declaración anual de impuestos.
En el Sistema Estatal de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Estatal, se inscribirán y se harán públicas, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley así como en las disposiciones legales en materia de transparencia, las constancias de sanciones o de inhabilitación que se encuentren firmes en contra de los servidores públicos, o particulares que hayan sido sancionados por actos vinculados con faltas graves en términos de esta Ley, así como la anotación de aquellas abstenciones que hayan realizado las autoridades investigadoras o el Tribunal, en términos de los artículos, 76 y 79 de esta Ley.
Los entes públicos, previo al nombramiento, designación o contratación de quienes pretendan ingresar al servicio público, consultarán el Sistema Estatal de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Estatal, con el fin de verificar si existen inhabilitaciones de dichas personas.