Artículo 121.- Son partes en el procedimiento de responsabilidad administrativa:
I.- La Autoridad investigadora;
II.- El servidor público señalado como presunto responsable de la Falta administrativagrave (sic) o no grave;
III.- El particular, sea persona física o moral, señalado como presunto responsable en la comisión de Faltas de particulares;
IV.- Los terceros, que son todos aquellos a quienes pueda afectar la resolución que se dicteen (sic) el procedimiento de responsabilidad administrativa, incluido el denunciante. 30