Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 191

TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Artículo 191. Cuando la ley orgánica del tribunal disponga la notificación electrónica, se aplicará lo que al respecto se establezca en ella.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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