Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 26

TÍTULO SEGUNDO MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS

Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, llevará el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a través de la Plataforma Digital Nacional que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la Ley

General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como las bases, principios y lineamientos qu e apruebe el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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