Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, llevará el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a través de la Plataforma Digital Nacional que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la Ley
General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como las bases, principios y lineamientos qu e apruebe el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.