Ley del Servicio de Administración Tributaria · Federal

Artículo 8

Artículo 8o. Para la consecución de su objeto y el ejercicio de sus atribuciones, el Servicio de Administración Tributaria contará con los órganos siguientes:

I. Junta de Gobierno;

II. Jefe, y

Fracción reformada DOF 12-06-2003

III. Las unidades administrativas que establezca su reglamento interior.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de diciembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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