Ley del Seguro Social · Federal

Artículo 112

TITULO SEGUNDO DEL REGIMEN OBLIGATORIO · CAPITULO V DEL SEGURO DE INVALIDEZ Y VIDA

Artículo 112. Los riesgos protegidos en este capítulo son la invalidez y la muerte del asegurado o del pensionado por invalidez, en los términos y con las modalidades previstos en esta Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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