Ley del Seguro Social · Federal

Artículo 259

TITULO CUARTO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL · CAPITULO II DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 259. El Ejecutivo Federal establecerá las bases para determinar las organizaciones de trabajadores y de patrones que deban intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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