ARTÍCULO 48. El Consejo funcionará conforme a las disposiciones del Reglamento Interno, en sesiones ordinarias y extraordinarias, y tomará sus decisiones por mayoría de votos.
(REFORMADO, P.O. 03 DE MARZO DE 2018)
TÍTULO SEGUNDO RESPONSABLES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
ARTÍCULO 48. El Consejo funcionará conforme a las disposiciones del Reglamento Interno, en sesiones ordinarias y extraordinarias, y tomará sus decisiones por mayoría de votos.
(REFORMADO, P.O. 03 DE MARZO DE 2018)
Última reforma de esta ley incorporada: 2 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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