Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 94

TÍTULO CUARTO OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA

ARTÍCULO 94. Para determinar la información adicional que publicarán todos los sujetos obligados de manera obligatoria, la CEGAIP deberá:

I. Solicitar a los sujetos obligados que, atendiendo a los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional, remitan el listado de información que consideren de interés público;

II. Revisar el listado que remitió el sujeto obligado con base en las funciones, atribuciones y competencias que la normatividad aplicable le otorgue, y

III. Determinar el catálogo de información que el sujeto obligado deberá publicar como obligación de transparencia.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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