Ley de Vivienda · Federal

Artículo 63

TÍTULO CUARTO DEL FINANCIAMIENTO PARA LA VIVIENDA · CAPÍTULO IV De los Subsidios

ARTÍCULO 63.- Para garantizar la aplicación de los principios de equidad e inclusión social en el acceso a los subsidios, el Gobierno Federal elaborará reglas para su distribución atendiendo lo dispuesto en el artículo 3 de esta Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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