Tesis aislada · orientadora · Duodécima Época

IMPUESTO POR LA EMISIÓN DE GASES A LA ATMÓSFERA EN EL ESTADO DE ZACATECAS. ES OBJETO DE ESE GRAVAMEN CUALQUIER CONTAMINANTE EMITIDO DESDE LAS INSTALACIONES DE LOS SUJETOS DEL IMPUESTO, INDEPENDIENTEMENTE DE SU ORIGEN, SIEMPRE Y CUANDO CONSTITUYA UN GAS DE EFECTO INVERNADERO QUE IMPACTE EN EL DETERIORO AMBIENTAL POR PROVOCAR CALENTAMIENTO GLOBAL (ARTÍCULOS 14 A 19 DE LA LEY DE HACIENDA DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA).

Tesis
XXIII.2o.2 A (12a.)
Registro digital
2032659
Época
Duodécima Época
Materia
Administrativa
Publicada
25 de septiembre de 2026

Hechos: Una empresa minera promovió amparo indirecto contra la determinación de un crédito fiscal por adeudo del impuesto señalado. El Juzgado de Distrito negó la protección constitucional. Contra esa decisión la quejosa interpuso recurso de revisión. Argumentó que no cualquier fuente de emisión de gases a la atmósfera es objeto del impuesto, sino únicamente las provenientes de fuentes fijas.

Criterio jurídico: Es objeto del impuesto por la emisión de gases a la atmósfera cualquier contaminante emitido desde las instalaciones de los sujetos del impuesto obligados, independientemente de su origen (fuentes fijas o fuentes móviles), siempre y cuando constituya un gas de efecto invernadero que impacte en el deterioro ambiental por provocar calentamiento global.

Justificación: La extinta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 1071/2018, que dio origen a la tesis jurisprudencial 2a./J. 58/2020 (10a.), determinó que la base del impuesto ecológico previsto en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, en específico, el que grava la emisión de gases a la atmósfera, se constituye por la cuantía de la carga contaminante de dichas emisiones, que se realicen desde las instalaciones o fuentes fijas; sin embargo, no especificó si las fuentes móviles dentro de las instalaciones fijas están contempladas o no, como base del impuesto. No obstante, cualquier contaminante emitido desde las instalaciones de los sujetos del impuesto relativo, con independencia de su origen (fuente fija o fuente móvil), siempre y cuando constituyan gases de efecto invernadero que impacten en el deterioro ambiental por provocar calentamiento global, sí son objeto del citado impuesto. Ello, para que quien contamine el medio ambiente pague, a efecto de proteger los derechos a la salud y a un medio ambiente sano para la población.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

Amparo en revisión 121/2024. 23 y 24 de octubre de 2025. Unanimidad de votos de las personas Magistradas Gelacio Villalobos Ovalle, Juan Gabriel Sánchez Iriarte y María de Jesús García González. Ponente: María de Jesús García González. Secretario: Guillermo Rivera Arteaga. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación.

Nota: La parte considerativa de la sentencia relativa al amparo en revisión 1071/2018 y la tesis de jurisprudencia 2a./J. 58/2020 (10a.), de rubro: "IMPUESTOS ECOLÓGICOS O COSTO EFICIENTES. EL PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 14 A 19 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE ZACATECAS QUE GRAVA LA EMISIÓN DE GASES A LA ATMÓSFERA, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA, AUN CUANDO NO GRAVA TODOS LOS GASES CONTAMINANTES NI LAS FUENTES QUE LOS EMITEN." citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 23 de octubre de 2020 a las 10:33 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, , Libro 79, Tomo I, octubre de 2020, páginas 289 y 464, con números de registro digital: 29531 y 2022273, respectivamente.

Esta tesis se publicó el viernes 25 de septiembre de 2026 a las 10:34 horas en el Semanario Judicial de la Federación. Tesis

Es una tesis aislada: orienta, pero no obliga. RíoLex guarda los criterios que la Corte publica cada semana, pero no sabe si uno fue superado, interrumpido o modificado después. Antes de citarlo, confírmalo en su ficha del Semanario Judicial de la Federación.

Pregúntale a RíoLex

¿Quieres saber qué dice la ley sobre tu situación?

Escríbela con tus palabras. RíoLex responde citando los artículos que apliquen y los criterios de la Corte que los interpretan, para que compruebes cada dato.