ARTÍCULO 60
La Corte preparará su Estatuto y lo someterá a la aprobación de la Asamblea General y dictará su Reglamento.
CAPÍTULO VIII LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
ARTÍCULO 60
La Corte preparará su Estatuto y lo someterá a la aprobación de la Asamblea General y dictará su Reglamento.
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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