Código Civil Federal · Federal

Artículo 1896

TITULO PRIMERO Fuentes de las Obligaciones · CAPITULO III Del Enriquecimiento Ilegítimo

Artículo 1896.- El que sin mandato y sin estar obligado a ello se encarga de un asunto de otro, debe obrar conforme a los intereses del dueño del negocio.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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