Código Civil Federal · Federal

Artículo 2824

TITULO DECIMO · CAPITULO II De los Efectos de la Fianza entre el Fiador y el Acreedor

Artículo 2824.- El que fía al fiador goza del beneficio de excusión, tanto contra el fiador como contra el deudor principal.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.