Artículo 512.- Si el que teniendo excusa legítima para ser tutor acepta el cargo, renuncia por el mismo hecho a la excusa que le concede la Ley.
Artículo 512
TITULO NOVENO De la Tutela · CAPITULO VIII De las Excusas para el Desempeño de la Tutela
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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