Código Civil Federal · Federal

Artículo 723

TITULO UNDECIMO De los Ausentes e Ignorados · CAPITULO VI De los Efectos de la Ausencia respecto de los Derechos Eventuales del Ausente

Artículo 723.- Son objeto del patrimonio de la familia:

I. La casa habitación de la familia;

II. En algunos casos, una parcela cultivable.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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