Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 2044

TITULO CUARTO Efectos de las obligaciones · CAPITULO II De la evicción y saneamiento 132

Artículo 2044 .- Si el inmueble que se enajenó se halla gravado, sin haberse hecho mención de ello en la escritura, con alguna carga o servidumbre voluntaria no aparente, el que adquirió puede pedir la indemnización correspondiente al gravamen o la rescisión del contrato. 133

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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