Artículo 2092 .- El efecto de la compensación es extinguir por ministerio de la ley las dos deudas, hasta la cantidad que importe la menor.
Artículo 2092
TITULO CUARTO Efectos de las obligaciones · CAPITULO II De la simulación de los actos jurídicos
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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