Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 2300

TITULO QUINTO Del mutuo · CAPITULO I Del mutuo simple

Artículo 2300 .- El interés legal es el nueve por ciento anual. El interés convencional es el que fijen los contratantes, y que puede ser mayor o menor que el interés legal; pero cuando el interés sea tan desproporcionado que haga fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la inexperiencia o de la ignorancia del deudor, a petición de éste el Juez, teniendo en cuenta las especiales circunstancias del caso, podrá reducir equitativamente el interés hasta el tipo legal.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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