Artículo 2815 .- El propietario cuyo derecho sea condicional o de cualquiera otra manera limitado deberá declarar en el contrato la naturaleza de su propiedad, si la conoce.
Artículo 2815
TITULO DÉCIMO · CAPITULO I De la hipoteca en general
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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