Artículo 2918 .- Las inscripciones de los actos o contratos en el Registro Público de la Propiedad tiene efectos declarativos.
Artículo 2918
TITULO SEGUNDO Del Registro Público de la Propiedad · CAPITULO II Disposiciones comunes de los documentos registrales
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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