Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 667

TITULO DÉCIMO · CAPITULO XVI Del estado de interdicción

Artículo 667.- El matrimonio de un menor de dieciocho años produce de derecho su emancipación, y aunque el matrimonio se disuelva, el cónyuge emancipado no recaerá en la patria potestad aunque no haya alcanzado todavía la mayoría de edad.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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