Art. 1433.- El testador, al hacer la presentación, declarará que en aquel pliego está contenida su última voluntad.
Artículo 1433
TÍTULO TERCERO DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS · CAPÍTULO III TESTAMENTO PÚBLICO CERRADO
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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