Código Civil del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 2341

TÍTULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO · CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO

Art. 2341.- Cuando son varios los arrendatarios y no se sabe dónde empezó el incendio, todos son responsables proporcionalmente a la renta que paguen y si el arrendatario ocupa parte de la finca, también responderá proporcionalmente a la renta que a esa parte fijen peritos. Si se prueba que el incendio comenzó en la habitación de uno de los inquilinos, solamente éste será el responsable. 272

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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