Art. 2359.- En el caso del artículo inmediato anterior, cesan las obligaciones otorgadas por un tercero, para la seguridad del arrendamiento, salvo convenio en contrario.
Artículo 2359
TÍTULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO · CAPÍTULO IV DEL ARRENDAMIENTO DE FINCAS URBANAS
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.