Código Civil del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 420

TÍTULO SÉPTIMO DE LA PATERNIDAD Y FILIACIÓN · CAPÍTULO V DE LA ADOPCIÓN

Art. 420.- La adopción simple producirá sus efectos aunque sobrevengan hijos al adoptante.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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