Art. 97.- El acta de Adopción Simple contendrá los nombres y apellidos y domicilio del adoptante y del adoptado, el nombre y demás generales de las personas cuyo consentimiento hubiere sido necesario para la adopción, y los nombre, apellidos y domicilio de las personas que intervengan como testigos. En el acta se insertarán los datos esenciales de la resolución judicial. En caso de adopción plena, el acta contendrá los requisitos señalados como si hubiese sido presentado como hijo de matrimonio.
Artículo 97
TÍTULO CUARTO DEL REGISTRO CIVIL · CAPÍTULO IV DE LAS ACTAS DE ADOPCIÓN
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.