ARTÍCULO 1471. Si contuviere palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, las salvará el testador bajo su firma. La omisión de esta formalidad por el testador sólo afecta la validez de las palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, pero no al testamento íntegro.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 518-05 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 13 del 15 de febrero de 2006]