Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1055

TÍTULO CUARTO DE LA SUCESIÓN LEGÍTIMA · CAPÍTULO II DE LA SUSTITUCIÓN LEGÍTIMA

ARTÍCULO 1055. El que repudia la herencia que le corresponde por una línea, no está impedido para aceptar la que le corresponde por otra.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.