Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1669

TÍTULO TERCERO DE LAS DIFERENTES CLASES DE DERECHOS REALES · CAPÍTULO IV DE LAS SERVIDUMBRES

ARTÍCULO 1669. Si entre los propietarios hubiere alguno contra quien no pueda correr la prescripción, ésta no correrá contra los demás.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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