ARTÍCULO 1801. Supuesto jurídico es la hipótesis prevista por la ley, de cuya realización depende el nacimiento, la conservación, la modificación, la transmisión o la extinción de derechos y obligaciones o de situaciones jurídicas concretas.
Artículo 1801
TÍTULO SEXTO DE LA TUTELA DE LOS DERECHOS REALES · CAPÍTULO II DE LAS ACCIONES CONFESORIA Y NEGATORIA
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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