Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1922

TÍTULO TERCERO DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS · CAPÍTULO II DE LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL NEGOCIO JURÍDICO

ARTÍCULO 1922. El negocio jurídico se forma en el momento en que el policitante recibe la aceptación, estando ligado por su oferta según los artículos precedentes.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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