Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1936

TÍTULO TERCERO DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS · CAPÍTULO II DE LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL NEGOCIO JURÍDICO

ARTÍCULO 1936. En todo caso las cláusulas agregadas a las formas o esqueletos de que hablan los dos artículos anteriores, prevalecerán sobre las de éstos, cuando fueren total o parcialmente incompatibles con las del machote, aunque estas últimas no hubiesen sido canceladas.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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