Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1937

TÍTULO TERCERO DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS · CAPÍTULO II DE LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL NEGOCIO JURÍDICO

ARTÍCULO 1937. La causa o motivo determinante de la voluntad en los negocios jurídicos, se tomará en consideración para precisar los alcances y efectos de todas aquellas cláusulas y estipulaciones que no sean claras y se contradigan.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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