Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1984

TÍTULO TERCERO DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS · CAPÍTULO IV DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS

ARTÍCULO 1984. Los negocios jurídicos son reales cuando se perfeccionan con la entrega del bien sobre el cual recaen.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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