Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 2813

TÍTULO QUINTO · CAPÍTULO III DEL MUTUO CON INTERÉS

ARTÍCULO 2813. El artículo anterior sólo es aplicable cuando el interés convencional exceda del interés con el que operen las instituciones bancarias en los préstamos quirografarios.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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