Código Civil del Estado de Durango · Durango

Artículo 1124

TÍTULO SEXTO DE LAS SERVIDUMBRES · CAPÍTULO IX DE LA EXTINCIÓN DE LAS SERVIDUMBRES

ARTÍCULO 1124. Pueden adquirir por prescripción positiva todos los que son capaces de adquirir por cualquier otro título: los menores y demás incapacitados pueden hacerlo por medio de sus legítimos representantes.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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