Código Civil del Estado de Durango · Durango

Artículo 2332

TÍTULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO · CAPÍTULO IV DEL ARRENDAMIENTO DE LAS FINCAS URBANAS

ARTÍCULO 2332. No puede renunciarse anticipadamente al derecho de cobrar la indemnización que concede el artículo 2330.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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