Código Civil del Estado de Durango · Durango

Artículo 2335

TÍTULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO · CAPÍTULO IV DEL ARRENDAMIENTO DE LAS FINCAS URBANAS

ARTÍCULO 2335. La renta debe pagarse en los plazos convenidos, y a falta de convenio, por semestres vencidos.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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