Código Civil del Estado de Durango · Durango

Artículo 2671

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO III DE LA COMPRA DE ESPERANZA

ARTÍCULO 2671. Los demás derechos y obligaciones de las partes, en la compra de esperanza, serán los que se determinan en el título de compra-venta.

TÍTULO DECIMOTERCIO

DE LA FIANZA

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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