Código Civil del Estado de Durango · Durango

Artículo 2672

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO III DE LA COMPRA DE ESPERANZA

ARTÍCULO 2672. La fianza es un contrato por el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor, si éste no lo hace.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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