ARTÍCULO 2725. La quita reduce la fianza en la misma proporción que la deuda principal, y la extingue en el caso de que, en virtud de ella, queda sujeta la obligación principal a nuevos gravámenes o condiciones.
Artículo 2725
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO V DE LA EXTINCIÓN DE LA FIANZA
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.
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