Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.114

TITULO CUARTO Del Parentesco y los Alimentos · CAPITULO I Disposiciones Generales

Artículo 4.114.- Queda prohibido todo método de reproducción asistida en la mujer, para la procreación de seres humanos idénticos por clonación o cualquier otro procedimiento dirigido a la selección de la raza.

Prohibición de la investigación de la paternidad

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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