Artículo 4.312.- El tutor tiene, respecto del menor, las mismas facultades que se conceden a los que ejercen la patria potestad.
Reglas para el cónyuge tutor
TITULO OCTAVO De la Tutela y Curatela · CAPITULO XI Del Desempeño de la Tutela
Artículo 4.312.- El tutor tiene, respecto del menor, las mismas facultades que se conceden a los que ejercen la patria potestad.
Reglas para el cónyuge tutor
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.