Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.81

TITULO SEGUNDO De los efectos del Matrimonio en relación · CAPITULO VI De los Matrimonios nulos

Artículo 4.81.- La buena fe se presume, salvo prueba en contrario.

Medidas provisionales si sólo uno de los cónyuges solicita la nulidad

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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