Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.88

TITULO SEGUNDO De los efectos del Matrimonio en relación · CAPITULO VI De los Matrimonios nulos

Artículo 4.88.- El divorcio disuelve el matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro .

Clases de divorcio

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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