Artículo 5.2. - Las cosas están excluidas del comercio por su naturaleza o por disposición de ley.
Bienes fuera del comercio por su naturaleza o por ley
TÍTULO DÉCIMO
Artículo 5.2. - Las cosas están excluidas del comercio por su naturaleza o por disposición de ley.
Bienes fuera del comercio por su naturaleza o por ley
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.